{"id":549,"date":"2022-11-10T17:40:21","date_gmt":"2022-11-10T17:40:21","guid":{"rendered":"https:\/\/seguridadinternacional.es\/resi\/html\/?page_id=549"},"modified":"2022-11-10T19:32:58","modified_gmt":"2022-11-10T19:32:58","slug":"pobreza-y-desigualdad-en-la-agenda-del-consejo-de-seguridad-un-analisis-de-sus-resoluciones","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/seguridadinternacional.es\/resi\/html\/pobreza-y-desigualdad-en-la-agenda-del-consejo-de-seguridad-un-analisis-de-sus-resoluciones\/","title":{"rendered":"Pobreza y desigualdad en la agenda del Consejo de Seguridad: un an\u00e1lisis de sus resoluciones"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"has-text-align-center\">ROSA ANA ALIJA FERN\u00c1NDEZ<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\">Universidad de Barcelona, Espa\u00f1a<\/p>\n\n\n\n<pre class=\"wp-block-preformatted\">Title: Poverty and Inequality on the Agenda of the Security Council: An Analysis of its Resolutions<\/pre>\n\n\n\n<p>Resumen: El examen de las resoluciones del Consejo de Seguridad en las que menciona los t\u00e9rminos <em>pobreza<\/em> y <em>desigualdad<\/em> permite observar un creciente inter\u00e9s por estas realidades sobre todo desde la perspectiva de la prevenci\u00f3n de conflictos y en relaci\u00f3n con la construcci\u00f3n de la paz. Sin embargo, el uso que hace de sus competencias para abordarlas no resulta adecuado para luchar contra la pobreza. Antes al contrario, el modelo de gobernanza que fomenta a tal fin puede agravar las desigualdades en pa\u00edses que salen de conflictos armados.<\/p>\n\n\n\n<p>Palabras clave: Pobreza, Desigualdad, Consejo de Seguridad, Gobernanza.<\/p>\n\n\n\n<p>Abstract: The exam of those Security Council resolutions mentioning the words <em>poverty <\/em>and inequality allows to observe a growing interest for these realities mainly from the standpoint of conflicts prevention and regarding peacebuilding. However, the way it uses its competencies to deal with them is not adequate to fight against poverty. On the contrary, the model of governance that it fosters to that end can deepen inequalities in countries emerging from armed conflicts.<\/p>\n\n\n\n<p>Keywords: Poverty, Inequality, Security Council, Governance.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Para citar este art\u00edculo\/To cite this article<\/strong>: Rosa Ana Alija Fern\u00e1ndez, &lt;&lt;Pobreza y desigualdad en la agenda del Consejo de Seguridad: un an\u00e1lisis de sus resoluciones&gt;&gt;, <em>Revista de Estudios en Seguridad Internacional<\/em>, Vol. 8, No. 2, (2022), pp. 43-61. DOI: <a href=\"http:\/\/dx.doi.org.10.18847\/1.16.4\">http:\/\/dx.doi.org.10.18847\/1.16.4<\/a><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Introducci\u00f3n<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><em>A priori<\/em>, el Consejo de Seguridad (CS) no parece el \u00f3rgano m\u00e1s adecuado para explorar las relaciones entre pobreza, desigualdad y seguridad en el marco de la Organizaci\u00f3n de las Naciones Unidas (ONU). La competencia que la Carta de las Naciones Unidas le atribuye en el mantenimiento de la paz y seguridad internacionales est\u00e1 configurada como una reacci\u00f3n ante situaciones coyunturales, por lo que tiene un dif\u00edcil encaje con el car\u00e1cter estructural de la pobreza y la desigualdad, materias m\u00e1s propias del trabajo de aquellos \u00f3rganos con competencias en el \u00e1mbito de la cooperaci\u00f3n internacional \u2013y, por tanto, con un enfoque del mantenimiento de la paz y seguridad internacionales basado en dar respuesta a problemas estructurales en la sociedad internacional\u2013, como el Consejo Econ\u00f3mico y Social o la Asamblea General. De hecho, cuando el tema de la pobreza como causa de conflictos comenz\u00f3 a incorporarse a la agenda del CS, algunos de sus miembros manifestaron sus dudas sobre la capacidad de este \u00f3rgano para abordar un problema estructural como este, que se ve\u00eda como una materia propia del Consejo Econ\u00f3mico y Social y de la Asamblea General (CS, 2001a: 15 \u2013representante de M\u00e9xico\u2013, 17 \u2013representante de Brasil\u2013 o 30 \u2013representante de Nepal). Una d\u00e9cada despu\u00e9s, esa reticencia volvi\u00f3 a ser expresada por un miembro permanente, la Federaci\u00f3n Rusa, aunque su oposici\u00f3n se basaba en la progresiva incorporaci\u00f3n en el marco de la ONU del enfoque denominado \u201cde m\u00faltiples partes interesadas\u201d que pretende igualar gradualmente a Estados y actores no estatales (CS, 2021f: 12).<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, el examen de la pr\u00e1ctica del CS permite observar una creciente \u2013aunque insuficiente a\u00fan\u2013 preocupaci\u00f3n por la incidencia de la pobreza y la desigualdad en el mantenimiento de la paz y seguridad internacionales, a la vez que permite esbozar el tratamiento que la pobreza y la desigualdad vienen recibiendo en el Derecho internacional p\u00fablico a nivel universal desde la perspectiva de su conexi\u00f3n con la seguridad interna e internacional. Que se trata de cuestiones con incidencia en la seguridad es algo fuera de discusi\u00f3n, y as\u00ed se refleja en los trabajos del CS, como se pretende poner de relieve en este estudio, aunque sea de una manera t\u00edmida y nada eficaz si el objetivo es erradicar la pobreza y acabar con la desigualdad.<\/p>\n\n\n\n<p>A tal fin, se ha utilizado una metodolog\u00eda muy sencilla: mediante un cribado de las 2641 resoluciones adoptadas por el CS hasta el 30 de junio de 2022, se han identificado aquellas en las que se mencionan los t\u00e9rminos <em>pobreza<\/em> (un total de 70) y <em>desigualdad <\/em>(un total de 8, de las cuales tres incluyen tambi\u00e9n <em>pobreza<\/em> y se computan en la cifra anterior, lo que arroja un total de 75 resoluciones, dato este que habla por s\u00ed mismo). Los resultados obtenidos permiten trazar una cronolog\u00eda del tratamiento de la pobreza y la desigualdad en los trabajos del CS, que exige una lectura sist\u00e9mica para comprender la influencia que otras iniciativas dentro de la organizaci\u00f3n han tenido en el enfoque seguido por este \u00f3rgano. Ello se combina con una sistematizaci\u00f3n de los \u00e1mbitos espec\u00edficos de la seguridad con los que el CS ha conectado la pobreza y la desigualdad durante las dos primeras d\u00e9cadas del siglo XXI. De esta forma, se busca determinar los posibles par\u00e1metros normativos internacionales que pueda haber introducido el CS en materia de la lucha contra la pobreza y, m\u00e1s recientemente, contra la desigualdad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La pobreza y la desigualdad en las resoluciones del CS: una progresiva ampliaci\u00f3n de su visi\u00f3n de la seguridad<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Tuvo que pasar casi una d\u00e9cada desde el fin de la Guerra Fr\u00eda para que, por primera vez, el CS mencionara de forma expresa el t\u00e9rmino <em>pobreza<\/em> en una resoluci\u00f3n. Ocurri\u00f3 en la resoluci\u00f3n 1170 (1998), sobre la intervenci\u00f3n de las Naciones Unidas en \u00c1frica, en cuyo pre\u00e1mbulo el CS se manifiesta gravemente preocupado \u201cpor la persistencia de los conflictos armados en el continente, que representa una amenaza para la paz regional, es causa del desplazamiento en masa de seres humanos, de sufrimientos y de pobreza, perpet\u00faa la inestabilidad y desv\u00eda los escasos recursos de que se dispone para el desarrollo a largo plazo\u201d (CS, 1998: 2).<\/p>\n\n\n\n<p>Resulta inevitable conectar esta t\u00edmida referencia a los cambios en el enfoque de la seguridad que se estaban produciendo en el seno de la ONU y que supon\u00edan una confluencia de las agendas de seguridad y desarrollo (Duffield, 2004; Sanahuja, 2005). En efecto, ya en 1992 el entonces Secretario General de la organizaci\u00f3n (en adelante SGNU), Boutros Boutros-Ghali, hab\u00eda destacado en su informe <em>Un programa de paz<\/em> el car\u00e1cter multifactorial de los conflictos, se\u00f1alando que la pobreza, entre otras causas, era a la vez fuente y consecuencia de conflictos, por lo que \u201clos esfuerzos de la Organizaci\u00f3n por consolidar la paz, la estabilidad y la seguridad deben englobar temas que trascienden las amenazas militares, para que sea posible romper las cadenas de los conflictos y las guerras que han caracterizado al pasado\u201d (SGNU, 1992: p\u00e1rr. 13). Este enfoque volver\u00eda a gobernar dos a\u00f1os m\u00e1s tarde el informe <em>Un programa de desarrollo<\/em>, donde profundiza en sus planteamientos sobre la consolidaci\u00f3n de la paz (SGNU, 1994: p\u00e1rrs. 16-40) y concluye que \u201cel desarrollo debe estar dirigido a todos y cada uno de los habitantes del planeta\u201d (SGNU, 1994: p\u00e1rr. 233), enlazando con otro concepto coet\u00e1neo, el de <em>seguridad humana<\/em>, desarrollado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en su <em>Informe sobre desarrollo humano 1994<\/em>, que exig\u00eda transitar del modelo restrictivo de la seguridad nacional a un modelo de seguridad universal, integrador, basado en la solidaridad (PNUD, 1994: 27).<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed las cosas, es interesante observar la relaci\u00f3n de causalidad entre pobreza y seguridad de la que parte el CS en su primera aproximaci\u00f3n al tema: la violencia como causa de pobreza, y no la pobreza como forma de violencia. Su atenci\u00f3n se mantiene, por tanto, en el conflicto armado, y no en la posibilidad de abordarla como un fen\u00f3meno estructural que pudiera constituir <em>per se<\/em> una amenaza a la paz y seguridad internacionales. Ahora bien, ese planteamiento ser\u00e1 pronto modificado y, en su lugar, el CS pasar\u00e1 a poner el foco en la necesidad de actuar contra la pobreza como una forma de prevenir los conflictos, y utilizar\u00e1 sus competencias para introducir en las operaciones de paz mandatos de actuaci\u00f3n en el plano socioecon\u00f3mico, como componentes de consolidaci\u00f3n de la paz. En todo caso, ello no excluye que algunas de sus resoluciones sigan dejando entrever cierto apego a una concepci\u00f3n ortodoxa de la seguridad en su aproximaci\u00f3n a la pobreza.<\/p>\n\n\n\n<p><em>La pobreza como una potencial amenaza a la paz y seguridad internacionales: dimensi\u00f3n preventiva de su erradicaci\u00f3n<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>En 1999, el CS comienza a dar un giro en su visi\u00f3n del fen\u00f3meno de la pobreza, reconociendo que constituye una fuente de conflictos y, por tanto, debe ser tenida en cuenta a la hora de dise\u00f1ar estrategias para prevenirlos. Ello se refleja ya en la resoluci\u00f3n 1265, sobre la protecci\u00f3n de civiles en los conflictos armados, en cuyo pre\u00e1mbulo se insiste en la necesidad de:<\/p>\n\n\n\n<p>\u00abafrontar las causas de los conflictos armados de manera global a fin de lograr una mayor protecci\u00f3n de la poblaci\u00f3n civil a largo plazo, incluso mediante el fomento del crecimiento econ\u00f3mico, la erradicaci\u00f3n de la pobreza, el desarrollo sostenible, la reconciliaci\u00f3n nacional, la buena gesti\u00f3n de los asuntos p\u00fablicos, la democracia, el imperio del derecho y el respeto y la protecci\u00f3n de los derechos humanos\u00bb (CS, 1999: 2).<\/p>\n\n\n\n<p>Un a\u00f1o m\u00e1s tarde, reiterar\u00e1 esta idea de una manera a\u00fan m\u00e1s contundente, afirmando que \u201ctoda medida que se adopte para reducir la pobreza y lograr un crecimiento econ\u00f3mico de amplia base es una medida de prevenci\u00f3n de conflictos\u201d (CS, 2000c: anexo, V). Esta declaraci\u00f3n forma parte del conjunto de decisiones destinadas a mejorar el funcionamiento las operaciones de la paz que el CS adopt\u00f3 en la resoluci\u00f3n 1327 (2000), donde recoge las recomendaciones del informe del Grupo sobre las Operaciones de Paz de las Naciones Unidas (\u201cInforme Brahimi\u201d). En realidad, reproduce en t\u00e9rminos casi id\u00e9nticos una reflexi\u00f3n del entonces SGNU, Kofi Annan, contenida en su informe <em>Nosotros los pueblos: la funci\u00f3n de las Naciones Unidas en el siglo XXI<\/em> (SGNU, 2000: p\u00e1rr. 202), que el Informe Brahimi hab\u00eda hecho suya (CS, 2000a: p\u00e1rr. 29). En <em>Nosotros los pueblos<\/em>, Annan pon\u00eda adem\u00e1s el \u00e9nfasis sobre diversos aspectos que conectan la pobreza con los conflictos, como la escasez de recursos econ\u00f3micos de los pa\u00edses pobres para hacer frente a los conflictos, la inadecuada distribuci\u00f3n interna de los recursos y la codicia (SGNU, 2000: p\u00e1rrs. 201, 203 y 205). Este documento, que identificaba los desaf\u00edos que enfrentaba el mundo en el cambio de siglo y propon\u00eda un plan de acci\u00f3n para hacerles frente, constituy\u00f3 una gu\u00eda de referencia para el debate desarrollado en la Cumbre del Milenio de septiembre de 2000, que desemboc\u00f3 en la adopci\u00f3n de la Declaraci\u00f3n del Milenio. Pero, adem\u00e1s, ofrec\u00eda una nueva perspectiva del enfoque que deb\u00eda seguir la organizaci\u00f3n en materia de mantenimiento de la paz y seguridad internacionales, al insistir en la necesidad de priorizar la prevenci\u00f3n de los conflictos, eliminando sus causas (SGNU, 2000: p\u00e1rrs. 197-199), lo que se traducir\u00eda en una doble vertiente de la prevenci\u00f3n, operacional y estructural, en la que participar\u00edan diversos actores estatales, interestatales y no estatales (Peters et Grubenmann, 2008: 33-47; Sanz Caballero, 2008: 64-67).<\/p>\n\n\n\n<p>La prevenci\u00f3n de los conflictos armados fue objeto de un informe espec\u00edfico presentado al a\u00f1o siguiente por el SGNU. Este documento recoge las l\u00edneas maestras de lo que ha sido la acci\u00f3n del CS en relaci\u00f3n con la pobreza hasta la fecha. En concreto, las premisas del informe que, como se ver\u00e1, ha hecho suyas el CS son las siguientes:<\/p>\n\n\n\n<ul><li>La responsabilidad fundamental de la prevenci\u00f3n de los conflictos recae sobre los gobiernos nacionales y otras instancias locales, siguiendo el criterio de la implicaci\u00f3n o pertenencia nacional (<em>national ownership<\/em>), con asistencia internacional cuando sea necesario (SGNU, 2001: p\u00e1rr. 6).<\/li><li>Para que la prevenci\u00f3n sea eficaz, es necesario es necesario identificar y abordar las causas profundas multidimensionales del conflicto (SGNU, 2001: p\u00e1rr. 7) \u2013una idea que, como se ha indicado, ya hab\u00eda sido expresada por el CS, y as\u00ed lo reconoce el SGNU (SGNU, 2001: p\u00e1rr. 9)\u2013, entre las cuales se encontrar\u00edan los factores socioecon\u00f3micos.<\/li><li>La base para que el CS adopte medidas preventivas es el Cap\u00edtulo VI de la Carta de las Naciones Unidas (CNU) (SGNU, 2001: p\u00e1rr. 33).<\/li><li>La prevenci\u00f3n requiere la acci\u00f3n coordinada de diversos actores: la ONU y otras organizaciones del sistema, organizaciones y mecanismos regionales, Estados, organizaciones no gubernamentales y otras instancias de la sociedad civil, sector privado (SGNU, 2001: 40).<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Dentro de esta nueva tendencia, el paso m\u00e1s significativo en la evoluci\u00f3n del tratamiento de la pobreza por parte del CS se da en la resoluci\u00f3n 1366 (2001), donde por primera vez se sugiere la idea de que la pobreza puede constituir una amenaza a la paz y seguridad internacionales. As\u00ed, tras invitar al SGNU a que le remita la informaci\u00f3n y los an\u00e1lisis que reciba \u201csobre posibles situaciones de conflicto que [\u2026] se deban a la pobreza y la falta de desarrollo\u201d, el CS \u201cexpresa su compromiso de prestar suma atenci\u00f3n a esa informaci\u00f3n y esos an\u00e1lisis respecto de cuestiones que, a su juicio, representen una amenaza a la paz y la seguridad internacionales\u201d (CS, 2001b: p\u00e1rr. 10). No obstante, hasta la fecha, la potencial amenaza que puedan suponer la pobreza y la falta de desarrollo nunca ha sido considerada suficiente <em>per se<\/em> para activar la competencia del CS en virtud del Cap\u00edtulo VII.<\/p>\n\n\n\n<p>A lo largo de los siguientes a\u00f1os, es posible encontrar sucesivas referencias a la lucha contra la pobreza como un componente relevante de la estrategia de prevenci\u00f3n de conflictos. Es el caso de la declaraci\u00f3n sobre el fortalecimiento de la eficacia del papel del CS en la prevenci\u00f3n de conflictos, en particular en \u00c1frica, anexa a la resoluci\u00f3n 1625 (2005) \u2013en cuyo pre\u00e1mbulo se reafirma \u201cla necesidad de adoptar una estrategia amplia de prevenci\u00f3n de conflictos, en la que se tengan en cuenta las causas b\u00e1sicas de los conflictos armados y de las crisis pol\u00edticas y sociales de manera global, en especial mediante [\u2026] la erradicaci\u00f3n de la pobreza\u201d (CS, 2005c: 1)\u2013; la resoluci\u00f3n 1738 (2006), sobre protecci\u00f3n de los civiles en los conflictos armados \u2013que se expresa en t\u00e9rminos pr\u00e1cticamente id\u00e9nticos en su pre\u00e1mbulo (CS, 2006e: 2)\u2013; la resoluci\u00f3n 1674 (2006), sobre el mismo tema, o la resoluci\u00f3n 2171 (2014), sobre la prevenci\u00f3n de conflictos.<\/p>\n\n\n\n<p>Las dos \u00faltimas resoluciones citadas, aun manteniendo un lenguaje muy similar a las precedentes, introducen algunos matices que vale la pena mencionar. As\u00ed, la resoluci\u00f3n 1674 no habla de tener en cuenta la erradicaci\u00f3n de la pobreza dentro de una \u201cestrategia amplia\u201d de prevenci\u00f3n \u2013que apunta a una apertura de foco a la hora de determinar las posibles causas de los conflictos\u2013, sino de la necesidad de adoptar un \u201cenfoque integral\u201d que promueva, entre otros, la erradicaci\u00f3n de la pobreza como elemento relevante para prevenir los conflictos armados y su repetici\u00f3n (CS, 2006b: p\u00e1rr. 2). Ahondando en esta idea, el pre\u00e1mbulo de la resoluci\u00f3n 2171 aclara que ese enfoque integral se requiere no solo para prevenir los conflictos, sino tambi\u00e9n para lograr la paz sostenible (CS, 2014c: 2)<a href=\"#_ftn1\">[1]<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p>Este objetivo (la paz sostenible) incorpora una dimensi\u00f3n estructural en la labor del CS que supera la tradicional concepci\u00f3n meramente coyuntural de su actuaci\u00f3n, como queda confirmado con la indicaci\u00f3n en el pre\u00e1mbulo de la resoluci\u00f3n 2171 de que ese enfoque integral debe abarcar \u201cmedidas operacionales y estructurales\u201d para prevenir los conflictos armados y abordar sus causas fundamentales, entre las cuales se encuentra la erradicaci\u00f3n de la pobreza, junto con el desarrollo social y el desarrollo sostenible<a href=\"#_ftn2\">[2]<\/a>. En esa l\u00ednea, dicha resoluci\u00f3n reitera en su parte dispositiva el mandato dado al SGNU en 2001 de que siga remiti\u00e9ndole informaciones y an\u00e1lisis \u201csobre posibles situaciones de conflicto que tengan su origen, entre otras cosas, [\u2026] en la pobreza y la falta de desarrollo\u201d (CS, 2014c: p\u00e1rr. 14), aunque sin aludir a su car\u00e1cter de potencial amenaza a la paz y seguridad internacionales<a href=\"#_ftn3\">[3]<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p><em>La lucha contra la pobreza como un componente de las operaciones de paz<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Si bien este enfoque estructural respecto de la erradicaci\u00f3n de la pobreza se formula por primera vez con car\u00e1cter general en la resoluci\u00f3n 2171, lo cierto es que no constituye una novedad en la labor del CS, sino que esta resoluci\u00f3n recoge un planteamiento que ya se ven\u00eda aplicando en el marco de las operaciones de paz. Se hace preciso volver aqu\u00ed a la resoluci\u00f3n 1327, en cuyo anexo el CS reconoc\u00eda que \u201cpara el \u00e9xito de las operaciones de establecimiento de la paz es importante aplicar medidas m\u00e1s en\u00e9rgicas a fin de reducir la pobreza y promover el crecimiento econ\u00f3mico\u201d (CS, 2000c: secci\u00f3n VI).<\/p>\n\n\n\n<p>El af\u00e1n por materializar esa recomendaci\u00f3n explicar\u00eda que la referencia expresa a la erradicaci\u00f3n de la pobreza se reitere en las resoluciones relativas al mandato de diversas operaciones, misiones y oficinas establecidas por el CS durante los siguientes a\u00f1os en varios Estados: Hait\u00ed<a href=\"#_ftn4\">[4]<\/a>, Sierra Leona<a href=\"#_ftn5\">[5]<\/a>, Timor Leste<a href=\"#_ftn6\">[6]<\/a>, Burundi<a href=\"#_ftn7\">[7]<\/a>, Rep\u00fablica Democr\u00e1tica del Congo<a href=\"#_ftn8\">[8]<\/a> (en adelante RDC), Liberia<a href=\"#_ftn9\">[9]<\/a>, Guinea-Bissau<a href=\"#_ftn10\">[10]<\/a>, Rep\u00fablica Centroafricana<a href=\"#_ftn11\">[11]<\/a> (en adelante RCA) y, m\u00e1s recientemente, Mal\u00ed<a href=\"#_ftn12\">[12]<\/a>, Somalia<a href=\"#_ftn13\">[13]<\/a> y Afganist\u00e1n<a href=\"#_ftn14\">[14]<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta incorporaci\u00f3n en la pr\u00e1ctica de un componente socioecon\u00f3mico orientado a la erradicaci\u00f3n de la pobreza dentro de las operaciones de paz termina de consolidarse como parte del mandato de dichas operaciones en la resoluci\u00f3n 2086 (2013), relativa al papel de las misiones multidimensionales de mantenimiento de la paz. En ella, el CS deja clara su potestad para encomendarles la funci\u00f3n de \u201ccooperar y coordinarse con los organismos, fondos y programas de las Naciones Unidas, as\u00ed como con todos los asociados pertinentes, incluidos los donantes y las instituciones financieras internacionales, para ayudar al gobierno y las instituciones gubernamentales competentes del pa\u00eds de acogida a formular pol\u00edticas, planes y estrategias de reducci\u00f3n de la pobreza y desarrollo econ\u00f3mico, en el contexto de cada situaci\u00f3n concreta\u201d (CS, 2013a: p\u00e1rr. 8.i).<\/p>\n\n\n\n<p><em>Referencias residuales a la pobreza: reforma del sector de seguridad y delincuencia<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Si bien las resoluciones relativas a operaciones de paz contienen de lejos el grueso de referencias a la pobreza identificadas, a las que hay que sumar aquellas que aluden con car\u00e1cter general a la prevenci\u00f3n de conflictos, el t\u00e9rmino aparece tambi\u00e9n \u2013aunque de manera mucho m\u00e1s residual\u2013 en conexi\u00f3n con otros dos temas tradicionales en el \u00e1mbito de la seguridad: la reforma del sector de la seguridad y la delincuencia.<\/p>\n\n\n\n<p>Por lo que respecta a la primera cuesti\u00f3n, las resoluciones 2151 (2014) y 2553 (2020) afirman en sus pre\u00e1mbulos (CS, 2014b: 1; CS, 2020d: 1) que \u201cla reforma del sector de la seguridad en entornos posteriores a los conflictos es fundamental para [\u2026] promover la reducci\u00f3n de la pobreza\u201d y que \u201cun sector de la seguridad profesional, eficaz y que rinda cuentas\u201d es necesario \u201cpara sentar las bases de la paz y el desarrollo sostenible\u201d. En todo caso, la referencia a la pobreza es esencialmente program\u00e1tica en ambas resoluciones, que se limitan a indicar las pautas que deben guiar la inclusi\u00f3n y el tratamiento de esta cuesti\u00f3n en los mandatos de las operaciones de paz, pero no concretan qu\u00e9 par\u00e1metros deber\u00edan incorporar las reformas del sector de la seguridad para que est\u00e9n espec\u00edficamente orientadas a eliminar la pobreza \u2013como s\u00ed hacen, por ejemplo, en relaci\u00f3n con la igualdad de g\u00e9nero (CS, 2014b: p\u00e1rr. 19; &nbsp;CS, 2020d: p\u00e1rr. 24)\u2013.<\/p>\n\n\n\n<p>En cuanto al segundo tema, es un lugar com\u00fan afirmar que la pobreza es fuente de delincuencia, pese a que los estudios no logran establecer esa relaci\u00f3n directa de manera concluyente (Malby &amp; Davis, 2012; Gait\u00e1n-Rossi &amp; Vel\u00e1quez Guadarrama, 2021), sino que se trata m\u00e1s bien de una simplificaci\u00f3n ideologizada de realidades y fen\u00f3menos sociales mucho m\u00e1s complejos (Guill\u00e9n Lasierra, 2013). Tal vez por moverse entre el t\u00f3pico y la ausencia de evidencias cient\u00edficas concluyentes, pocas resoluciones del CS \u2013pero algunas, a fin de cuentas\u2013 aluden expresamente a la pobreza en conexi\u00f3n con ciertas conductas criminales. Es el caso de sendas resoluciones de 2011 relativas a los actos de pirater\u00eda en las costas somal\u00edes \u2013resoluciones 1976 y 2015\u2013, las cuales apuntan en id\u00e9nticos t\u00e9rminos a la pobreza como una de las \u201ccausas subyacentes de la pirater\u00eda\u201d (CS, 2011b: 1; CS, 2011d: 1). Asimismo, aunque de manera m\u00e1s ambigua, algunas resoluciones tambi\u00e9n vinculan impl\u00edcitamente terrorismo y pobreza. As\u00ed ocurre con la resoluci\u00f3n 1963 (2010), que ampl\u00eda el mandato del Comit\u00e9 contra el Terrorismo creado por la resoluci\u00f3n 1373 (2001), de 28 de septiembre. En su pre\u00e1mbulo, el CS considera el terrorismo una amenaza para \u201cel desarrollo socioecon\u00f3mico de todos los Estados Miembros\u201d (CS, 2010c: 1), pero, a la vez, parece sugerir de forma m\u00e1s o menos velada que la pobreza puede ser una causa del terrorismo cuando subraya \u201cel empe\u00f1o internacional por erradicar la pobreza y promover el crecimiento econ\u00f3mico sostenido, el desarrollo sostenible y la prosperidad general para todos\u201d<a href=\"#_ftn15\">[15]<\/a> (CS, 2010c: 2). En esta misma l\u00ednea de decir y no decir se ubica asimismo la resoluci\u00f3n 2592, sobre la situaci\u00f3n en Somalia, que en su pre\u00e1mbulo recalca, de manera concatenada, la importancia de adoptar tanto \u201cun enfoque hol\u00edstico para contrarrestar el terrorismo y el extremismo violento que conduce al terrorismo\u201d como \u201cmedidas para abordar las dimensiones humanitaria, socioecon\u00f3mica y de gobernanza, seguridad, derechos humanos y desarrollo de este desaf\u00edo, incluidos el empleo juvenil y la erradicaci\u00f3n de la pobreza\u201d (CS, 2021d: 2).<\/p>\n\n\n\n<p><em>La desigualdad, una preocupaci\u00f3n tard\u00eda del CS<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Aunque sea en peque\u00f1as dosis, las referencias a la pobreza dentro de las resoluciones del CS han ido en aumento en las dos \u00faltimas d\u00e9cadas. Llama la atenci\u00f3n, sin embargo, la escasa atenci\u00f3n, y solo en tiempos muy recientes, que otro fen\u00f3meno relacionado con la pobreza \u2013pero distinto (Haughton &amp; Khandker, 2009)\u2013 ha recibido por parte del CS: la desigualdad<a href=\"#_ftn16\">[16]<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p>Este t\u00e9rmino, ampliamente presente en la documentaci\u00f3n del CS que recog\u00eda la posici\u00f3n del Movimiento de Pa\u00edses no Alineados en los a\u00f1os 80 \u2013en relaci\u00f3n sobre todo con su dimensi\u00f3n internacional (desigualdad entre Estados)\u2013, no aparecer\u00e1 en una resoluci\u00f3n del CS hasta 2018, y de una manera muy limitada tanto cuantitativa como cualitativamente. En efecto, hasta junio de 2022 solo ocho resoluciones mencionaban expresamente el t\u00e9rmino <em>desigualdad<\/em>, y \u00fanicamente en relaci\u00f3n con determinados grupos de poblaci\u00f3n o respecto de algunas situaciones concretas.<\/p>\n\n\n\n<p>Respecto de los grupos, el CS se centra en dos:<\/p>\n\n\n\n<ul><li>La infancia, respecto de la cual afirma la necesidad de \u201cinsistir de manera firme en la lucha contra la pobreza, la privaci\u00f3n y la desigualdad para prevenir y proteger a los ni\u00f1os contra todas las violaciones y abusos\u201d \u2013resoluciones 2427 y 2601, ambas sobre ni\u00f1os y conflictos armados (CS, 2018b: 1; CS, 2021f: 1), y resoluci\u00f3n 2457, sobre la cooperaci\u00f3n con las organizaciones regionales y subregionales para acabar con los conflictos en \u00c1frica (CS, 2019a: p\u00e1rr. 17)\u2013.<\/li><li>Las mujeres \u2013resoluci\u00f3n 2467 (2019), sobre mujeres, paz y seguridad\u2013, si bien en este caso la referencia se circunscribe a la desigualdad de g\u00e9nero y a la discriminaci\u00f3n estructural (CS, 2019c: 2 y p\u00e1rr. 21), m\u00e1s que a una desigualdad estrictamente socioecon\u00f3mica (que, en todo caso, no queda excluida), por lo que no hay diferencias sustantivas entre el enfoque de esta resoluci\u00f3n y el seguido en la resoluci\u00f3n pionera sobre este tema, la 1325 (2000), aunque s\u00ed terminol\u00f3gicas, pues en 2000 no se hablaba de desigualdad (CS, 2000b).<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Por su parte, las dos situaciones respecto de las cuales el CS ha introducido la perspectiva de la desigualdad en su examen son Hait\u00ed \u2013resoluciones 2476, por la que se establece la Oficina Integrada de las Naciones Unidas en Hait\u00ed (BINUH) (CS, 2019d: 2), y 2600, que prorroga su mandato (CS, 2021e: 1-2)\u2013 y Sud\u00e1n \u2013resoluciones 2524, por la que establece la Misi\u00f3n Integrada de Asistencia de las Naciones Unidas para la Transici\u00f3n en el Sud\u00e1n (UNITAMS) (CS, 2020b: 2), y 2579, que prorroga su mandato (CS, 2021b: 3)\u2013.<\/p>\n\n\n\n<p>Al respecto, cabe se\u00f1alar que en 2021 Hait\u00ed presentaba un \u00edndice de desarrollo humano (IDH) de 0,535 (posici\u00f3n 163\u00aa en el <em>ranking<\/em> mundial) y Sud\u00e1n, de 0,508 (posici\u00f3n 172\u00aa). Pero este \u00edndice experimentaba para los dos pa\u00edses una modificaci\u00f3n significativa cuando se ajustaba a la desigualdad. As\u00ed, en el caso de Hait\u00ed, pasaba a ser de 0,327, lo que arroja una p\u00e9rdida de desarrollo humano del 38,9% como consecuencia de la desigualdad en la distribuci\u00f3n de los \u00edndices que miden el IDH, p\u00e9rdida muy por encima de la media de los pa\u00edses con un bajo IDH (30,7%) (PNUD, 2022: 28). M\u00e1s cercano a esta \u00faltima cifra, pero tambi\u00e9n superior, es el porcentaje de p\u00e9rdida de desarrollo humano correspondiente a Sud\u00e1n (33,9% \u2013mayor, por ejemplo, que la de Yemen en el mismo a\u00f1o\u2013) al ajustar a la desigualdad el IDH, que quedaba en 0,336 (PNUD, 2022: 28). Estos datos son particularmente significativos en el caso de Hait\u00ed: recu\u00e9rdese que desde 2004 est\u00e1n desplegadas en dicho Estado misiones de paz con un mandato que incorpora un componente de desarrollo socioecon\u00f3mico; sin embargo, no se ha logrado revertir de manera contundente los \u00edndices de pobreza y desigualdad.<\/p>\n\n\n\n<p>Como se apuntaba, esta poca atenci\u00f3n del CS a la desigualdad como un problema de seguridad es llamativa, si se tiene en cuenta que los estudios llevados a cabo desde distintas disciplinas apuntan a que esta, m\u00e1s que la pobreza, es fuente de conflictos (Byrd, 2018), en particular si se suman los efectos desestabilizadores de la globalizaci\u00f3n y la creciente apertura de las sociedades a presiones externas (Hurrell, 1999: 260). No obstante, si el compromiso de los Estados con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) es genuino, podr\u00edamos asistir a un cambio de tendencia marcado por la Agenda 2030, que establece como Objetivo 10 la reducci\u00f3n de las desigualdades. En esta l\u00ednea, el informe <em>Nuestra Agenda Com\u00fan<\/em>, presentado por el actual SGNU, Ant\u00f3nio Guterres, el 10 de septiembre de 2021, incluye las desigualdades en lo que denomina \u201cescenario de retroceso y crisis perpetua\u201d (SGNU, 2021: 15). Asimismo, es significativo que el CS, en noviembre de 2021, dedicara una sesi\u00f3n al tema <em>Exclusi\u00f3n, desigualdad y conflictos <\/em>(CS, 2021a).<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La lucha contra la pobreza: \u00bfun principio jur\u00eddico orientador de la acci\u00f3n colectiva en materia de seguridad internacional o un espacio de desregulaci\u00f3n?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Una vez identificadas las referencias a la pobreza y la desigualdad en las resoluciones del CS, conviene detenerse a evaluar las posibles derivadas jur\u00eddicas internacionales que de ello se pueden desprender. Desde esa \u00f3ptica, dos parecen ser las principales cuestiones a plantear: de una parte, si la pr\u00e1ctica del CS evidencia que los esfuerzos por acabar con la pobreza (y, en mucha menor medida, con la desigualdad, como apenas se se\u00f1alaba) llevados a cabo en el seno de la ONU, y plasmados en sucesivas iniciativas, como los Objetivos de Desarrollo del Milenio y los ODS, han terminado por otorgar a la obligaci\u00f3n de actuar contra la pobreza el car\u00e1cter de un principio de Derecho internacional; de otra parte, de merecer la anterior cuesti\u00f3n una respuesta afirmativa, a qui\u00e9nes vinculan las obligaciones que de ese potencial principio se puedan derivar. Ambos puntos ser\u00e1n desarrollados a continuaci\u00f3n, con el fin de valorar la incidencia que, desde la perspectiva del Derecho internacional, ha tenido hasta la fecha la incorporaci\u00f3n de la pobreza al discurso del CS.<\/p>\n\n\n\n<p><em>Pobreza y desigualdad: dos t\u00e9rminos para pre\u00e1mbulos y recomendaciones<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>La mera revisi\u00f3n del uso de los t\u00e9rminos <em>pobreza<\/em> y <em>desigualdad<\/em> en las resoluciones del CS permite observar un dato claro: la mayor\u00eda de las veces se mencionan en el pre\u00e1mbulo<a href=\"#_ftn17\">[17]<\/a>. Esta constataci\u00f3n, que puede parecer balad\u00ed, resulta sin embargo altamente relevante a la hora de determinar la relevancia jur\u00eddica que el CS otorga a la lucha contra la pobreza o la desigualdad, puesto que el pre\u00e1mbulo de una resoluci\u00f3n carece de valor jur\u00eddico obligatorio, constituyendo en cambio una relaci\u00f3n program\u00e1tica de las razones que le conducen a adoptar la parte dispositiva. A esto hay que a\u00f1adir que la mayor\u00eda de las veces en que las referencias aparecen en la parte dispositiva, lo hacen en resoluciones adoptadas en virtud del cap\u00edtulo VI \u2013el paraguas normativo para que el CS act\u00fae en el plano de la prevenci\u00f3n, como ya se se\u00f1al\u00f3\u2013; por tanto, no contienen medidas de car\u00e1cter obligatorio para los Estados.<\/p>\n\n\n\n<p>Estos dos datos permiten adelantar algunas conclusiones. La primera y m\u00e1s obvia es que la lucha contra la pobreza se ha incorporado en buena medida a la agenda pol\u00edtica del CS, lo que parecer\u00eda indicar que las iniciativas desarrolladas en el seno de la ONU han logrado que la erradicaci\u00f3n de la pobreza, o, de manera m\u00e1s general, el desarrollo humano, constituya un valor relevante en la sociedad internacional contempor\u00e1nea. Incluso podr\u00eda atisbarse un principio jur\u00eddico en ciernes, en la medida en que tambi\u00e9n un \u00f3rgano con una funci\u00f3n tradicionalmente coyuntural ha considerado oportuno incorporar esta cuesti\u00f3n a su \u00e1mbito de actuaci\u00f3n. Ahora bien, la segunda conclusi\u00f3n es que, a la vista de su preferencia por abordar el tema en los planos program\u00e1tico o recomendatorio, resulta muy dif\u00edcil poder concretar las obligaciones jur\u00eddicas que de dicho principio se derivar\u00edan. De hecho, no se observa que en este contexto el CS formule par\u00e1metros regulatorios que se reflejen en resoluciones con alcance normativo general.<\/p>\n\n\n\n<p>Las contadas resoluciones en las que se combinan alusiones a medidas contra la pobreza con acciones enmarcadas en el cap\u00edtulo VII (conectadas con el mandato de operaciones de paz autorizadas o establecidas por el CS) se refieren a tres situaciones concretas: Hait\u00ed, RCA y RDC. La forma en que el CS plantea la lucha contra la pobreza en estos casos pone de relieve, con mayor o menor intensidad, que la pobreza es un problema global cuya soluci\u00f3n requiere la acci\u00f3n coordinada de una multiplicidad de actores.<\/p>\n\n\n\n<p>Este enfoque resulta evidente en el caso de Hait\u00ed. En 2004, la resoluci\u00f3n 1529, que autorizaba el despliegue de una Fuerza Multinacional Provisional en Hait\u00ed, el CS exhortaba \u201ca la comunidad internacional, en particular a las Naciones Unidas, la Organizaci\u00f3n de los Estados Americanos y la Comunidad del Caribe\u201d a que prestaran \u201casistencia en la elaboraci\u00f3n de una estrategia de promoci\u00f3n del desarrollo socioecon\u00f3mico y de lucha contra la pobreza\u201d (CS, 2004a: p\u00e1rr. 10). Si en este primer momento el CS solo apelaba directamente a tres organizaciones internacionales, dos meses despu\u00e9s ampliaba el c\u00edrculo de interpelados al establecer la MINUSTAH mediante la resoluci\u00f3n 1542, en la que destacaba la necesidad de que no solo las tres organizaciones mencionadas, sino tambi\u00e9n \u201clos Estados Miembros, [\u2026] otras organizaciones regionales y subregionales, las instituciones financieras internacionales y las organizaciones no gubernamentales\u201d siguieran \u201ccontribuyendo a la promoci\u00f3n del desarrollo social y econ\u00f3mico de Hait\u00ed, en particular a largo plazo, con el fin de lograr y mantener la estabilidad y combatir la pobreza\u201d (CS, 2004b: p\u00e1rr. 13).<\/p>\n\n\n\n<p>En 2007, dos resoluciones m\u00e1s \u2013la 1743 (CS, 2007a: p\u00e1rr. 20) y la 1780 (CS, 2007d: p\u00e1rr. 19)\u2013 exhortaban al \u201csistema de las Naciones Unidas y a la comunidad internacional\u201d, y, dentro de esta, en especial a los Estados donantes (a\u00f1adiendo la 1780 a las \u201cinstituciones donantes\u201d) a elaborar y apoyar \u201cun sistema renovado de coordinaci\u00f3n de la ayuda\u201d que se centrara \u201ctanto en las necesidades inmediatas como en la reconstrucci\u00f3n y la reducci\u00f3n de la pobreza a largo plazo\u201d. Esto deb\u00eda hacerse \u201cen cooperaci\u00f3n con las autoridades haitianas\u201d, y la resoluci\u00f3n 1780 a\u00f1ad\u00eda un requisito adicional a dicho sistema de coordinaci\u00f3n de la ayuda: deb\u00eda basarse \u201cen la responsabilidad mutua\u201d. Adem\u00e1s, en esta resoluci\u00f3n alentaba a los donantes a que aceleraran \u201cel desembolso de las contribuciones prometidas al desarrollo y la estabilidad de Hait\u00ed\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Un a\u00f1o despu\u00e9s, la estrategia de reducci\u00f3n de la pobreza en Hait\u00ed ocupar\u00e1 un lugar significativo en la resoluci\u00f3n 1840. Por una parte, repite el exhorto de las resoluciones de 2007, aunque en esta ocasi\u00f3n incluye entre los destinatarios a \u201clos asociados de Hait\u00ed\u201d (CS, 2008c: p\u00e1rr. 24), sin precisar qui\u00e9nes quedan englobados en esta categor\u00eda, que puede incluir tanto a Estados y organizaciones internacionales como a otros actores de car\u00e1cter privado. Adem\u00e1s, incluye otros mandatos a diferentes niveles. As\u00ed, con el foco puesto en los actores internos, alienta al Representante Especial del SGNU en el pa\u00eds a que facilite el di\u00e1logo \u201centre el Gobierno de Hait\u00ed y todos los agentes pol\u00edticos pertinentes\u201d para asegurar que \u201clas instituciones pol\u00edticas elegidas democr\u00e1ticamente puedan seguir llevando adelante la labor de reforma enunciada en el documento de la estrategia nacional de crecimiento y reducci\u00f3n de la pobreza\u201d (CS, 2008c: p\u00e1rr. 7). Adem\u00e1s, exhorta a la MINUSTAH y al equipo de la ONU en el pa\u00eds a contribuir, \u201cde modo concertado con el Gobierno de Hait\u00ed y los asociados internacionales\u201d, a \u201casegurar una mayor eficiencia en la aplicaci\u00f3n del documento de la estrategia nacional de crecimiento y reducci\u00f3n de la pobreza\u201d (CS, 2008c: p\u00e1rr. 23). Las dos \u00faltimas indicaciones se reiterar\u00e1n en t\u00e9rminos similares en la resoluci\u00f3n 1892 (CS, 2009c: p\u00e1rrs. 8 y 21).&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>M\u00e1s restringidos son los destinatarios de los mandatos del CS relativos a la erradicaci\u00f3n de la pobreza en las resoluciones relativas a la RCA y a la RDC. En lo que respecta a la primera, las referencias a la implicaci\u00f3n de otros actores en la lucha contra la pobreza son mucho m\u00e1s vagas, pues en esencia el CS se limita a alentar \u201ca los asociados pertinentes a que [\u2026] apoyen los esfuerzos de las autoridades de la RCA [\u2026] por combatir la pobreza y ayudar a la poblaci\u00f3n de la RCA a crear medios de vida sostenibles\u201d \u2013resoluciones 2499 (CS, 2019e: p\u00e1rr. 20), 2552 (CS, 2020c: p\u00e1rr. 19) y 2605 (CS, 2021g: p\u00e1rr. 21)\u2013. En cuanto a la RDC, el CS se limita a alentar \u201ca todas las instancias pol\u00edticas congolesas\u201d a que antepongan las necesidades de la poblaci\u00f3n a los intereses partidistas, con el mensaje impl\u00edcito de que apoyen los esfuerzos del gobierno congol\u00e9s para cumplir los compromisos asumidos en materia de reducci\u00f3n de la pobreza, entre otros \u00e1mbitos \u2013resoluciones 2502 (CS, 2019f: p\u00e1rr. 1), 2556 (CS, 2020e: p\u00e1rr. 1) y 2612 (CS, 2021h: p\u00e1rr. 1)\u2013.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed pues, el CS apuesta por la gobernanza en las estrategias de erradicaci\u00f3n de la pobreza, confirmado en muchas otras resoluciones que abordan esta cuesti\u00f3n, y que parece ser la \u00fanica \u201cconcreci\u00f3n\u201d que por ahora propone este \u00f3rgano en relaci\u00f3n con el contenido de un potencial principio jur\u00eddico que establezca la obligaci\u00f3n de erradicar la pobreza, pero que se limitar\u00eda al plano procedimental o, si se quiere adoptar una perspectiva m\u00e1s optimista, a la identificaci\u00f3n de los posibles destinatarios de dicho principio. Interesa, por tanto, ofrecer un an\u00e1lisis m\u00e1s detallado de su planteamiento.<\/p>\n\n\n\n<p><em>Las resoluciones del CS, un instrumento para introducir la gobernanza en las estrategias de erradicaci\u00f3n de la pobreza<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>El modelo propugnado por el CS para avanzar en la erradicaci\u00f3n de la pobreza establece un sistema de cooperaci\u00f3n en el que entran en juego diferentes actores internos e internacionales. As\u00ed, las autoridades estatales mantienen un lugar destacado en la responsabilidad de definir la estrategia, como se deduce en particular de las resoluciones relativas a situaciones en las que se hace referencia a la pobreza \u2013entre ellas, las apenas citadas sobre la situaci\u00f3n en la RCA y la RDC (y, en menor medida, las relativas a Hait\u00ed), que ejemplifican la pauta general<a href=\"#_ftn18\">[18]<\/a>\u2013. El modelo pivota de esta forma sobre la idea de la implicaci\u00f3n o pertenencia nacional (<em>national ownership<\/em>) \u2013si bien el CS no lo menciona expresamente en ninguna de las resoluciones que aluden a la pobreza<a href=\"#_ftn19\">[19]<\/a>, aunque s\u00ed de manera m\u00e1s o menos impl\u00edcita<a href=\"#_ftn20\">[20]<\/a>\u2013, que no excluye que el CS pueda hacer algunas indicaciones al Estado (en t\u00e9rminos exhortativos, pero en el marco del cap\u00edtulo VI de la Carta), como instarlo a concluir el documento de estrategia nacional contra la pobreza \u2013como en la resoluci\u00f3n 2027, sobre Burundi (CS, 2011f: p\u00e1rr. 7)\u2013, a establecer prioridades entre sus objetivos \u2013como en la resoluci\u00f3n apenas citada o en la 2031, sobre RCA (CS, 2011h: p\u00e1rr. 23)\u2013, o a que cumpla sus compromisos sobre tales prioridades \u2013por ejemplo, en las resoluciones 2090 (CS, 2013b: p\u00e1rr. 12) o 2137 (CS, 2014a: p\u00e1rr. 19), sobre Burundi\u2013.<\/p>\n\n\n\n<p>En todo caso, las indicaciones no se limitan a las autoridades gubernamentales, sino que el CS tambi\u00e9n se dirige a otros actores internos, a los que en esencia insta a remar en la misma direcci\u00f3n que el gobierno, favoreciendo la implementaci\u00f3n de medidas orientadas a erradicar la pobreza. Son ilustrativas a este respecto las resoluciones 2203 (CS, 2015a: p\u00e1rr. 4), 2267 (CS, 2016a: p\u00e1rr. 5) y 2343 (CS, 2017: p\u00e1rr. 8), sobre Guinea-Bissau, en las que el CS exhorta a \u201ctodas las partes interesadas, incluidas las fuerzas armadas, los partidos pol\u00edticos y la sociedad civil a que colaboren entre s\u00ed para consolidar los progresos realizados hasta la fecha y aborden las causas profundas de la inestabilidad, prestando especial atenci\u00f3n a [\u2026] la pobreza\u201d. Tambi\u00e9n las resoluciones 2404 (CS, 2018a: p\u00e1rr. 9) y 2458 (CS, 2019b: p\u00e1rr. 14) se expresan en t\u00e9rminos similares, si bien en estas se exhorta adem\u00e1s a las partes interesadas \u201ca que entablen un di\u00e1logo inclusivo y genuino\u201d (CS, 2018a: p\u00e1rr. 9; CS, 2019b: p\u00e1rr. 9).<\/p>\n\n\n\n<p>La <em>implicaci\u00f3n nacional<\/em> constituye un principio de car\u00e1cter pol\u00edtico que la Declaraci\u00f3n de Par\u00eds sobre la eficacia de la ayuda al desarrollo (OCDE, 2005) consagr\u00f3 como un pilar en la prestaci\u00f3n de dicha ayuda y que en la actualidad tambi\u00e9n se considera un componente fundamental en las operaciones de paz (Shinoda, 2015: 19). Un segundo principio que entra en juego en estos \u00e1mbitos es el de asociaci\u00f3n o partenariado (<em>partnership<\/em>), que requiere del Estado su coordinaci\u00f3n con otros actores internacionales en el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de los programas para los que recibe ayuda. Los tres casos comentados en el apartado anterior (Hait\u00ed, RCA y RDC) ilustran bien la puesta en pr\u00e1ctica de este otro pilar. As\u00ed, las resoluciones se\u00f1aladas se limitan a indicar a una mir\u00edada de actores internacionales (organizaciones internacionales \u2013desde la ONU a otras de \u00e1mbito regional\u2013, Estados e instituciones donantes, organizaciones no gubernamentales, o un gen\u00e9rico \u201cactores asociados\u201d) que orienten su actuaci\u00f3n a facilitar el desarrollo econ\u00f3mico del pa\u00eds, actuando de manera coordinada con las autoridades estatales, y, como mucho, se exhorta a que se acelere el desembolso de donaciones cuando se hayan comprometido. No obstante, estas indicaciones se quedan en un plano m\u00e1s program\u00e1tico que jur\u00eddico, pues de su inobservancia no parece derivarse ninguna consecuencia.<\/p>\n\n\n\n<p><em>La erradicaci\u00f3n de la pobreza y la desigualdad: un camino que el CS podr\u00eda allanar, pero que parece seguir horadando<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Se puede decir que, hasta la fecha, la \u201ccontribuci\u00f3n\u201d del CS a la erradicaci\u00f3n de la pobreza y la desigualdad se ha ce\u00f1ido a implantar la gobernanza en los procesos de construcci\u00f3n de la paz, recurriendo para ello a las operaciones de paz, a las que, cuando lo considera oportuno, asigna en sus mandatos funciones orientadas a facilitar la coordinaci\u00f3n y la colaboraci\u00f3n entre los distintos actores implicados en el dise\u00f1o de programas de erradicaci\u00f3n de la pobreza y en la aportaci\u00f3n de ayuda a tal fin<a href=\"#_ftn21\">[21]<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora bien, que la atribuci\u00f3n de objetivos econ\u00f3micos a las operaciones de paz sea efectiva para la erradicaci\u00f3n de la pobreza est\u00e1 sujeta a debate. La cr\u00edtica central es que importan el neoliberalismo caracter\u00edstico de la pol\u00edtica econ\u00f3mica occidental, y con ello se tiende a agravar el estado de la seguridad internacional. Varias son las principales razones que se esgrimen: que los esfuerzos de construcci\u00f3n de la paz en el marco de las actividades de estas operaciones generan una econom\u00eda de pr\u00e1cticas delictivas y corrupci\u00f3n; que el libre mercado puede debilitar las econom\u00edas de los pa\u00edses que salen de conflictos, exponi\u00e9ndolos a una guerra econ\u00f3mica; que el modelo neoliberal implica adoptar las pol\u00edticas de las instituciones financieras internacionales, las cuales, sin embargo, no se vinculan a los esfuerzos de reconstrucci\u00f3n postconflicto, o que las operaciones ampliadas no son capaces de dar respuesta a los problemas pol\u00edtico-econ\u00f3micos porque no fueron dise\u00f1adas para lograr tales objetivos (Sheehan, 2011: 173-174).<\/p>\n\n\n\n<p>La f\u00f3rmula de gobernanza propuesta por el CS, que presupone que todos los actores implicados act\u00faan movidos por un bien com\u00fan \u2013la paz o, en lo que aqu\u00ed interesa, erradicar la pobreza\u2013 y omite establecer par\u00e1metros regulatorios que condicionen su comportamiento, genera dudas tanto sobre su capacidad para asegurar la paz (Duffield, 2004: 45) como sobre el inter\u00e9s de los actores privados (en particular las empresas) en asumir esta gesti\u00f3n de lo p\u00fablico en pos de la prosperidad \u201cobjetiva\u201d de todos (Verhoeven, 2008: 90). De hecho, provoca paradojas como la que refleja el pre\u00e1mbulo de la resoluci\u00f3n 2021, donde el CS expresaba \u201csu preocupaci\u00f3n por el aumento del desempleo y de la pobreza en algunas zonas mineras\u201d de RDC, pero observaba al mismo tiempo \u201cla relaci\u00f3n entre el ejercicio de la diligencia debida por algunas oficinas comerciales, la mejora de la gobernanza del sector minero y el aumento de la producci\u00f3n y la exportaci\u00f3n de minerales en otras zonas mineras\u201d (CS, 2011e: 2)<a href=\"#_ftn22\">[22]<\/a>. Y lo que es peor: puede afectar negativamente a principios estructurales del Derecho internacional. En efecto, aunque en el origen del concepto de implicaci\u00f3n nacional se encuentra el rechazo a la interferencia extranjera de pa\u00edses con pasado colonial una vez alcanzada su independencia, la posici\u00f3n que mantienen los donantes en la actual estructura de prestaci\u00f3n de ayuda al desarrollo, donde son ellos los que impulsan el proceso y mantienen por tanto una posici\u00f3n de control (Shinoda, 2015: 21), supone en la pr\u00e1ctica una atenuaci\u00f3n del principio de no intervenci\u00f3n en asuntos internos y de la propia soberan\u00eda del Estado receptor (Jerve, 2002: 391).<\/p>\n\n\n\n<p>Estas cr\u00edticas resultan razonables, sobre todo si se tiene en cuenta que no hay estudios que confirmen que la estrategia desarrollada es eficaz para erradicar la pobreza, mientras que los argumentos doctrinales esgrimidos para contrarrestar las cr\u00edticas resultan ser m\u00e1s desiderativos e ideol\u00f3gicos que cient\u00edficos \u2013por ejemplo, Sheehan (2011: 185 y 196) defiende que la actividad de mantenimiento de la paz \u201cmust continue to promote and to import neo-liberalism, since democracy and good local governance are recognized as peace factors\u201d, o que las empresas multinacionales pueden contribuir de manera significativa a los ODS, pero que su impacto sobre la econom\u00eda de los pa\u00edses en los que operan \u201cdepends on their enterprise behavior\u201d\u2013. Adem\u00e1s, los datos dan la raz\u00f3n a las voces cr\u00edticas, pues pr\u00e1cticamente todos los Estados en los que el CS ha desplegado operaciones de paz con un componente socioecon\u00f3mico declaradamente orientado en sus objetivos a luchar contra la pobreza siguen teniendo un IDH bajo, que adem\u00e1s disminuye significativamente si se ajusta a la desigualdad, provocando un porcentaje de p\u00e9rdida total de IDH muy por encima de la media mundial, como muestra la tabla 1<a href=\"#_ftn23\">[23]<\/a>:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\">Tabla 1. IDH e IDH-D de los Estados en los que el CS ha desplegado operaciones de paz con componente econ\u00f3mico expresamente orientado a la erradicaci\u00f3n de la pobreza<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-large\"><img loading=\"lazy\" width=\"540\" height=\"475\" src=\"https:\/\/seguridadinternacional.es\/resi\/html\/wp-content\/uploads\/2022\/11\/Tabla-1.-Alija.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-551\" srcset=\"https:\/\/seguridadinternacional.es\/resi\/html\/wp-content\/uploads\/2022\/11\/Tabla-1.-Alija.png 540w, https:\/\/seguridadinternacional.es\/resi\/html\/wp-content\/uploads\/2022\/11\/Tabla-1.-Alija-300x264.png 300w\" sizes=\"(max-width: 540px) 100vw, 540px\" \/><figcaption>Fuente: PNUD (2005) y PNUD (2022)<\/figcaption><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>As\u00ed pues, en el supuesto de que mencionar la pobreza en sus resoluciones fuera el reflejo de una genuina voluntad del CS de participar en la erradicaci\u00f3n de la pobreza y la desigualdad, lo cierto es que las medidas que viene adoptando hasta el momento no resultan particularmente exitosas. Al respecto, resulta oportuna la cr\u00edtica expresada por Wilkin respecto de la utilidad, para erradicar la pobreza mundial, de recurrir a un modelo ortodoxo de seguridad, en el que la seguridad termina siendo una herramienta para controlar y contener los efectos de la pobreza. No se pueden abordar las causas de la pobreza si se las confunde con los s\u00edntomas, como ocurre cuando la premisa de partida es que la poblaci\u00f3n de un Estado que es pobre lo es porque no tiene capital y, por tanto, la soluci\u00f3n es puramente interna y pasa por facilitar que dicho Estado se abra al libre mercado, en lugar de analizar el problema desde la \u00f3ptica del sistema global de producci\u00f3n capitalista y sus efectos (Wilkin, 2002: 638-639)<a href=\"#_ftn24\">[24]<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p>La cuesti\u00f3n de fondo es si el CS est\u00e1 dispuesto a cambiar su perspectiva y utilizar sus competencias para erradicar la pobreza y, sobre todo, reducir las desigualdades. Apostar decididamente por ese objetivo requerir\u00eda que planteara medidas concretas que regularan o al menos orientaran el comportamiento de los actores implicados, algo que no ha ocurrido hasta la fecha en relaci\u00f3n con la pobreza, pero s\u00ed en otras materias que, aun desbordando una concepci\u00f3n tradicional de la seguridad, el CS vincula a la consolidaci\u00f3n de la paz y la paz duradera, como el avance en la igualdad de las mujeres<a href=\"#_ftn25\">[25]<\/a> o la epidemia del virus del \u00e9bola (CS, 2014d).<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Conclusiones<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Las conclusiones que se pueden extraer del an\u00e1lisis de las resoluciones del CS son varias. La m\u00e1s general es que denotan cierta preocupaci\u00f3n de este \u00f3rgano por que la pobreza pueda constituir un problema para la seguridad internacional en el siglo XXI desde dos \u00f3pticas: como fuente de conflictos y como obst\u00e1culo para la construcci\u00f3n de una paz duradera. Desde el punto de vista de la prevenci\u00f3n de conflictos, sin embargo, la actuaci\u00f3n del CS se queda en un plano meramente program\u00e1tico, pues, si bien se alude a la necesidad de erradicarla, no se dise\u00f1a una estrategia para, utilizando sus competencias, trabajar en esa direcci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En el plano de la construcci\u00f3n de la paz, en cambio, la lucha contra la pobreza s\u00ed parece haberse convertido en un factor que se tiene en cuenta a la hora de definir los mandatos de las operaciones de paz, si bien el CS se limita a articular en sus resoluciones un modelo de gobernanza que interpela a la participaci\u00f3n de los diferentes actores interesados en las estrategias de reducci\u00f3n de la pobreza, pero sin establecer obligaciones concretas para todos ellos orientadas a garantizar que se alcance ese objetivo. En \u00faltima instancia, la f\u00f3rmula por la que apuesta para luchar contra la pobreza pasa por favorecer la apertura al mercado global de los Estados que salen de un conflicto y eludir condicionar ese proceso con regulaciones. Abraza as\u00ed las premisas del neoliberalismo, que tambi\u00e9n parecer\u00eda subyacer a resoluciones sobre otros temas cl\u00e1sicos de la seguridad, como la delincuencia \u2013donde da la sensaci\u00f3n de que se sugiere un v\u00ednculo entre la criminalidad y el que la poblaci\u00f3n carezca de capital\u2013 o la reforma del sector de la seguridad \u2013necesaria para garantizar entornos seguros para la inversi\u00f3n\u2013.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, esta estrategia resulta poco adecuada no solo para erradicar la pobreza, sino sobre todo para reducir las desigualdades, una realidad que solo muy recientemente ha empezado a aparecer en las resoluciones del CS, pese a constituir una fuente potencialmente mucho mayor de inestabilidad. Si pretende cumplir cabalmente su funci\u00f3n de mantener la paz y la seguridad internacionales en el futuro pr\u00f3ximo, va siendo hora de que el CS empiece a adoptar una perspectiva global que ponga a las personas en el centro y utilice sus competencias para lograr un mundo menos desigual en el que la poblaci\u00f3n vulnerable tambi\u00e9n pueda vivir segura.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Nota sobre la autora<\/strong>:<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>Rosa Ana Alija Fern\u00e1ndez<\/em><\/strong><em> <\/em>es Profesora agregada de Derecho internacional P\u00fablico en la Universitat de Barcelona. Correo electr\u00f3nico: <a href=\"mailto:ralija@ub.edu\">ralija@ub.edu<\/a>. Este trabajo se enmarca en el proyecto \u201cCondicionantes regulatorios internacionales y comunitarios en un marco de gobernanza multinivel para la formulaci\u00f3n de estrategias contra la pobreza en Espa\u00f1a\u201d (PID2020-117627GB-I00), financiado por el Ministerio de Ciencia, Innovaci\u00f3n y Universidades.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Referencias<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Agencias (2022), \u201cAumentan a 15 los muertos en las protestas contra la misi\u00f3n de la ONU en Congo\u201d, <em>El Pa\u00eds<\/em>, 26 de julio: <a href=\"https:\/\/elpais.com\/internacional\/2022-07-26\/varios-muertos-y-decenas-de-heridos-en-una-manifestacion-contra-la-mision-de-la-onu-en-congo.html\">https:\/\/elpais.com\/internacional\/2022-07-26\/varios-muertos-y-decenas-de-heridos-en-una-manifestacion-contra-la-mision-de-la-onu-en-congo.html<\/a><\/p>\n\n\n\n<p>Byrd, Miemie Winn (2018), \u201cThe Security Risks of Rising Inequalities\u201d, <em>Asia-Pacific Center for Security Studies<\/em>, March: <a href=\"https:\/\/apcss.org\/wp-content\/uploads\/2018\/04\/Security-Risks-Editorial.pdf\">https:\/\/apcss.org\/wp-content\/uploads\/2018\/04\/Security-Risks-Editorial.pdf<\/a><\/p>\n\n\n\n<p>Carrington, Tim &amp; Post, David (2008), \u201cThe Security Sector and Poverty Reduction Strategies\u201d, <em>Social Development Notes<\/em>, No. 114, Washington, DC: World Bank.<\/p>\n\n\n\n<p>CDESC (2001), <em>Cuestiones sustantivas que se plantean en la aplicaci\u00f3n del Pacto Internacional de Derechos Econ\u00f3micos, Sociales y Culturales: la pobreza y el Pacto Internacional de Derechos Econ\u00f3micos, Sociales y Culturales. Declaraci\u00f3n aprobada por el Comit\u00e9 de Derechos Econ\u00f3micos, Sociales y Culturales el 4 de mayo de 2001<\/em>, doc. ONU E\/C.12\/2001\/10, 10 de mayo.<\/p>\n\n\n\n<p>CS (1998), S\/RES\/1170 (1998), 28 de mayo.<\/p>\n\n\n\n<ul><li>(1999), S\/RES\/1265 (1999), 17 de septiembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2000a), <em>Informe del Grupo sobre las Operaciones de Paz de las Naciones Unidas<\/em>, doc. ONU A\/55\/305\u2013 S\/2000\/809, 21 de agosto.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2000b), S\/RES\/1325 (2000), 31 de octubre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2000c), S\/RES\/1327 (2000), 13 de noviembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2001a), <em>Funci\u00f3n del Consejo de Seguridad en la prevenci\u00f3n de los conflictos armados<\/em>, doc. ONU S\/PV.4334 (Resumption 1), 21 de junio.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2001b), S\/RES\/1366 (2001), 30 de agosto.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2004a), S\/RES\/1529 (2004), 29 de febrero.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2004b), S\/RES\/1542 (2004), 30 de abril.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2005a), S\/RES\/1608 (2005), 22 de junio.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2005b), S\/RES\/1620 (2005), 1 de agosto.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2005c), S\/RES\/1625 (2005), 14 de septiembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2006a), S\/RES\/1658 (2006), 14 de febrero.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2006b), S\/RES\/1674 (2006), 28 de abril.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2006c), S\/RES\/1704 (2006), 25 de agosto.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2006d), S\/RES\/1719 (2006), 25 de octubre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2006e), S\/RES\/1738 (2006), 23 de diciembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2007a), S\/RES\/1743 (2007), 15 de febrero.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2007b), S\/RES\/1745 (2007), 22 de febrero.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2007c), S\/RES\/1756 (2007), 15 de mayo.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2007d), S\/RES\/1780 (2007), 15 de octubre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2008a), S\/RES\/1802 (2008), 25 de febrero.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2008b), S\/RES\/1836 (2008), 29 de septiembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2008c), S\/RES\/1840 (2008), 14 de octubre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2009a), S\/RES\/1867 (2009), 26 de febrero.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2009b), S\/RES\/1888 (2009), 30 de septiembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2009c), S\/RES\/1892 (2009), 13 de octubre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2010a), S\/RES\/1912 (2010), 26 de febrero.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2010b), S\/RES\/1959 (2010), 16 de diciembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2010c), S\/RES\/1963 (2010), 20 de diciembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2011a), S\/RES\/1969 (2011), 24 de febrero.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2011b), S\/RES\/1976 (2011), 11 de abril.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2011c), S\/RES\/1996 (2011), 8 de julio.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2011d), S\/RES\/2015 (2011), 24 de octubre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2011e), S\/RES\/2021 (2011), 29 de noviembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2011f), S\/RES\/2027 (2011), 20 de diciembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2011g), S\/RES\/2030 (2011), 21 de diciembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2011h), S\/RES\/2031 (2011), 21 de diciembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2012a), S\/RES\/2037 (2012), 23 de febrero.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2012b), S\/RES\/2070 (2012), 12 de octubre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2013a), S\/RES\/2086 (2013), 21 de enero.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2013b), S\/RES\/2090 (2013), 13 de febrero.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2013c), S\/RES\/2119 (2013), 10 de octubre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2013d), S\/RES\/2122 (2013), 18 de octubre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2014a), S\/RES\/2137 (2014), 13 de febrero.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2014b), S\/RES\/2151 (2014), 28 de abril<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2014c), S\/RES\/2171 (2014), 21 de agosto.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2014d), S\/RES\/2177 (2014), 18 de septiembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2014e), S\/RES\/2180 (2014), 14 de octubre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2014f), S\/RES\/2185 (2014), 20 de noviembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2015a), S\/RES\/2203 (2015), 18 de febrero.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2015b), S\/RES\/2243 (2015), 14 de octubre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2016a), S\/RES\/2267 (2016), 26 de febrero.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2016b), S\/RES\/2282 (2016), 27 de abril.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2016c), S\/RES\/2313 (2016), 13 de octubre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2017), S\/RES\/2343 (2017), 23 de febrero.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2018a), S\/RES\/2404 (2018), 28 de febrero.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2018b), S\/RES\/2427 (2018), 9 de julio.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2018c), S\/RES\/2447 (2018), 13 de diciembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2019a), S\/RES\/2457 (2019), 27 de febrero.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2019b), S\/RES\/2458 (2019), 28 de febrero.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2019c), S\/RES\/2467 (2019), 23 de abril.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2019d), S\/RES\/2476 (2019), 25 de junio.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2019e), S\/RES\/2499 (2019), 15 de noviembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2019f), S\/RES\/2502 (2019), 19 de diciembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2020a), S\/RES\/2512 (2020), 28 de febrero.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2020b), S\/RES\/2524 (2020), 3 de junio.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2020c), S\/RES\/2552 (2020), 12 de noviembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2020d), S\/RES\/2553 (2020), 3 de diciembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2020e), S\/RES\/2556 (2020), 18 de diciembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2021a), <em>Exclusi\u00f3n, desigualdad y conflictos<\/em>, doc. ONU S\/PV.8900, 9 de noviembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2021b), S\/RES\/2579 (2021), 3 de junio.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2021c), S\/RES\/2584 (2021), 29 de junio.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2021d), S\/RES\/2592 (2021), 30 de agosto.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2021e), S\/RES\/2600 (2021), 15 de octubre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2021f), S\/RES\/2601 (2021), 29 de octubre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2021g), S\/RES\/2605 (2021), 12 de noviembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2021h), S\/RES\/2612 (2021), 20 de diciembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2022a), S\/RES\/2626 (2022), 17 de marzo.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul><li>(2022b), S\/RES\/2640 (2022), 29 de junio.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Duffield, Mark (2004), <em>Las nuevas guerras en el mundo global. La convergencia entre desarrollo y seguridad<\/em>, Madrid: Los Libros de la Catarata.<\/p>\n\n\n\n<p>Gait\u00e1n-Rossi, Pablo &amp; Vel\u00e1zquez Guadarrama, C\u00e9sar (2021), \u201cA systematic literature review of the mechanisms linking crime and poverty\u201d, <em>Convergencia. Revista de Ciencias Sociales<\/em>, Vol. 28, pp. 1-25.<\/p>\n\n\n\n<p>Guill\u00e9n Lasierra, Francesc (2013), \u201cPobreza y delincuencia. Una relaci\u00f3n causal inexistente\u201d, <em>UOC Ciudades. Blog del M\u00e1ster oficial de Ciudad y Urbanismo<\/em>, 18 de octubre: <a href=\"https:\/\/blogs.uoc.edu\/ciudad\/pobreza-y-delincuencia-una-relacion-causal\/\">https:\/\/blogs.uoc.edu\/ciudad\/pobreza-y-delincuencia-una-relacion-causal\/<\/a><\/p>\n\n\n\n<p>Haughton, Jonathan &amp; Khandker, Shahidur R. (2009), <em>Handbook on Poverty and Inequality<\/em>, Washington, DC: World Bank.<\/p>\n\n\n\n<p>Hurrell, Andrew (1999), \u201cSecurity and Inequality\u201d, en Hurrell, Andrew &amp; Woods, Ngaire (Eds.), <em>Inequality, globalization, and world politics<\/em>, New York: Oxford University Press, pp. 248-272.<\/p>\n\n\n\n<p>Jerve, Alf Morten (2002), \u201cOwnership and Partnership: Does the New Rhetoric Solve the Incentive Problems in Aid?\u201d, <em>Forum for Development Studies<\/em>, No. 2, pp. 389-407.<\/p>\n\n\n\n<p>Malby, Steven &amp; Davis, Philip (2012), <em>Monitoring the impact of economic crisis on crime<\/em>, Vienna: UNODC Statistics and Surveys Section.<\/p>\n\n\n\n<p>OCDE (2005), <em>Declaraci\u00f3n de Par\u00eds sobre la eficacia de la ayuda al desarrollo y Programa de acci\u00f3n de Accra<\/em>: <a href=\"https:\/\/www.oecd.org\/dac\/effectiveness\/34580968.pdf\">https:\/\/www.oecd.org\/dac\/effectiveness\/34580968.pdf<\/a><\/p>\n\n\n\n<p>Peters, Anne et Grubenmann, Beatrice (2008), \u201cDiplomatie pr\u00e9ventive, pr\u00e9vention des conflits et r\u00e9forme des Nations Unies\u201d, en Cardona Llorens, Jorge (Ed.), <em>La ONU y el mantenimiento de la paz en el siglo XXI. Entre la adaptaci\u00f3n y la reforma de la Carta<\/em>, Valencia: Tirant lo Blanch, pp. 29-57.<\/p>\n\n\n\n<p>PNUD (1994), <em>Informe sobre desarrollo humano 1994<\/em>, M\u00e9xico, D.F.: Fondo de Cultura Econ\u00f3mica.<\/p>\n\n\n\n<ul><li>(2005), Informe sobre desarrollo humano 2005. La cooperaci\u00f3n internacional ante una encrucijada: ayuda al desarrollo, comercio y seguridad en un mundo desigual, Madrid\/Barcelona\/M\u00e9xico, D.F.: Mundi-Prensa.<\/li><li>(2022), <em>Informe sobre desarrollo humano 2021\/2022. Panorama general. Tiempos inciertos, vidas inestables: configurar nuestro futuro en un mundo en transformaci\u00f3n<\/em>, Nueva York: PNUD.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Sanahuja, Jos\u00e9 Antonio (2005), \u201cSeguridad, desarrollo y lucha contra la pobreza tras el 11-S: los Objetivos del Milenio y la \u201csecuritizaci\u00f3n\u201d de la ayuda\u201d, <em>Documentaci\u00f3n Social<\/em>, No. 136, pp. 25-41.<\/p>\n\n\n\n<p>Sanz Caballero, Susana (2008), \u201cLas Naciones Unidas y la diplomacia preventiva: \u00bfadaptaci\u00f3n o reforma?\u201d, en Cardona Llorens, Jorge (Ed.), <em>La ONU y el mantenimiento de la paz en el siglo XXI. Entre la adaptaci\u00f3n y la reforma de la Carta<\/em>, Valencia: Tirant lo Blanch, pp. 59-84.<\/p>\n\n\n\n<p>SGNU (1992), <em>Un programa de paz. Diplomacia preventiva, establecimiento de la paz y mantenimiento de la paz. Informe del Secretario General presentado de conformidad con la declaraci\u00f3n aprobada el 31 de enero de 1992 en la Reuni\u00f3n en la Cumbre del Consejo de Seguridad<\/em>, doc. ONU A\/47\/277-S\/24111, 17 de junio.<\/p>\n\n\n\n<ul><li>(1994), <em>Un programa de desarrollo. Informe del Secretario General<\/em>, doc. ONU A\/48\/935, 6 de mayo.<\/li><li>(2000), <em>Nosotros los pueblos: la funci\u00f3n de las Naciones Unidas en el siglo XXI. Informe del Secretario General<\/em>, doc. ONU A\/54\/2000, 28 de marzo.<\/li><li>(2001), <em>Prevenci\u00f3n de los conflictos armados. Informe del Secretario General<\/em>, doc. ONU A\/55\/985\u2013 S\/2001\/574, 7 de junio.<\/li><li>(2021), <em>Nuestra Agenda Com\u00fan. Informe del Secretario General, doc<\/em>. A\/75\/982, 10 de septiembre.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Sheehan, Nad\u00e8ge (2011), <em>The Economics of UN Peacekeeping<\/em>, Oxon &amp; New York: Routledge.<\/p>\n\n\n\n<p>Shinoda, Hideaki (2015), \u201cLocal ownership as a strategic guideline for peacebuilding\u201d, en Sung Yong Lee &amp; \u00d6zerdem, Alpaslan (Eds.), <em>Local Ownership in International Peacebuilding. Key theoretical and practical issues<\/em>, Oxon &amp; New York: Routledge, pp. 19-38.<\/p>\n\n\n\n<p>Verhoeven, Joe (2008), \u201c\u00c0 propos de la diplomatie pr\u00e9ventive\u201d, en Cardona Llorens, Jorge (Ed.), <em>La ONU y el mantenimiento de la paz en el siglo XXI. Entre la adaptaci\u00f3n y la reforma de la Carta<\/em>, Valencia: Tirant lo Blanch, pp. 85-91.&nbsp;&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Wilkin, Peter (2002), \u201cGlobal poverty and orthodox security\u201d, <em>Third World Quarterly<\/em>, Vol. 23, No. 4, pp. 633-645.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref1\">[1]<\/a> En igual sentido, resoluci\u00f3n 2282, sobre consolidaci\u00f3n de la paz (CS, 2016b: 2).<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref2\">[2]<\/a> En id\u00e9ntico sentido, resoluciones 2185 (CS, 2014f: 1), y 2447 (CS, 2018c: 2), ambas sobre operaciones de mantenimiento de la paz.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref3\">[3]<\/a> <em>Vid.<\/em> tambi\u00e9n las resoluciones 1840 (CS, 2008c: p\u00e1rr. 28) y 1892 (CS, 2009c: p\u00e1rr. 26), donde se indica al SGNU que eval\u00fae \u201clas amenazas para la seguridad en Hait\u00ed\u201d, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, \u201cla necesidad de erradicar la pobreza y de lograr el desarrollo sostenible en Hait\u00ed\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref4\">[4]<\/a> Resoluciones 1529 \u2013autorizando el despliegue de una Fuerza Multinacional Provisional\u2013 (CS, 2004a: p\u00e1rr. 10); 1542 \u2013que establece la Misi\u00f3n de Estabilizaci\u00f3n de las Naciones Unidas en Hait\u00ed (MINUSTAH)\u2013 (CS, 2004b: p\u00e1rr. 13), y varias que prorrogan su mandato: 1608 (CS, 2005a: 1); 1658 (CS, 2006a: 2); 1743 (CS, 2007a: p\u00e1rr. 20); 1840 (CS, 2008c: p\u00e1rrs. 23, 24, 26 y 28); 1892 (CS, 2009c: 3 y p\u00e1rrs. 8, 21, 24 y 26); 2070 (CS, 2012b: 3); 2119 (CS, 2013c: 3); 2180 (CS, 2014e: 2); 2243 (CS, 2015b: 2); 2313 (CS, 2016c: 3).<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref5\">[5]<\/a> Resoluci\u00f3n 1620, que establece la Oficina Integrada de las Naciones Unidas en Sierra Leona (UNIOSIL) (CS, 2005b: p\u00e1rr. 1.a.i).<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref6\">[6]<\/a> Resoluci\u00f3n 1704 \u2013que establece la Misi\u00f3n Integrada de las Naciones Unidas en Timor-Leste (UNMIT)\u2013 (CS, 2006c: 2 y p\u00e1rr. 4.j), y las sucesivas resoluciones que prorrogan su mandato: 1745 (CS, 2007b: 2 y p\u00e1rr. 10); 1802 (CS, 2008a: 2 y p\u00e1rr. 13); 1867 (CS, 2009a: 2 y p\u00e1rr. 13); 1912 (CS, 2010a: 2 y p\u00e1rr. 13); 1969 (CS, 2011a: 3 y p\u00e1rr. 15); 2037 (CS, 2012a: 2-3 y p\u00e1rr. 14).<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref7\">[7]<\/a> Resoluciones 1719 \u2013estableciendo la Oficina Integrada de las Naciones Unidas en Burundi (BINUB)\u2013 (CS, 2006d: p\u00e1rr. 2.k y l); 1959 \u2013que establece la Oficina de las Naciones Unidas en Burundi (BNUB)\u2013 (CS, 2010b: p\u00e1rr. 3.e), y sucesivas resoluciones que prorrogan el mandato de la BNUB: 2027 (CS, 2011f: p\u00e1rr. 7); 2090 (CS, 2013b: 1 y p\u00e1rr. 12); 2137 (CS, 2014a: p\u00e1rr. 19).<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref8\">[8]<\/a> Resoluci\u00f3n 1756 \u2013que prorroga y redefine el mandato de la Misi\u00f3n de las Naciones Unidas en la RDC (MONUC)\u2013 (CS, 2007c: 2), y diversas resoluciones que, entre otras cuestiones, prorrogan el mandato de la Misi\u00f3n de Estabilizaci\u00f3n de las Naciones Unidas en la RDC (MONUSCO): 2502 (CS, 2019f: p\u00e1rr. 1); 2556 (CS, 2020e: p\u00e1rr. 1), y 2612 (CS, 2021h: p\u00e1rr. 19).<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref9\">[9]<\/a> Resoluci\u00f3n 1836 \u2013que prorroga el mandato de la Misi\u00f3n de las Naciones Unidas en Liberia (UNMIL)\u2013 (CS, 2008b: 1).<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref10\">[10]<\/a> Resoluciones 2030 (CS, 2011g: 1); 2203 (CS, 2015a: p\u00e1rrs. 4 y 16); 2267 (CS, 2016a: p\u00e1rrs. 5 y 18); 2343 (CS, 2017: p\u00e1rrs. 8 y 21); 2404 (CS, 2018a: p\u00e1rr. 9); 2458 (CS, 2019b: p\u00e1rr. 14); 2512 (CS, 2020a: 1) \u2013todas prorrogando el mandato de la Oficina Integrada de las Naciones Unidas para la Consolidaci\u00f3n de la Paz en Guinea-Bissau (UNIOGBIS)\u2013.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref11\">[11]<\/a> Resoluci\u00f3n 2031 \u2013que prorroga el mandato de la Oficina Integrada de las Naciones Unidas para la Consolidaci\u00f3n de la Paz en la RCA (BINUCA)\u2013 (CS, 2011h: p\u00e1rr. 23), y varias resoluciones que, entre otras cosas, prorrogan el mandato de la Misi\u00f3n Multidimensional Integrada de Estabilizaci\u00f3n de las Naciones Unidas en la RCA (MINUSCA): 2499 (CS, 2019e: p\u00e1rr. 20); 2552 (CS, 2020c: p\u00e1rr. 19), y 2605 (CS, 2021g: p\u00e1rr. 21).<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref12\">[12]<\/a> Resoluciones 2584 (CS, 2021c: 3) y 2640 (CS, 2022b: 3), que, entre otros asuntos, prorrogan el mandato de la Misi\u00f3n Multidimensional Integrada de Estabilizaci\u00f3n de las Naciones Unidas en Mal\u00ed (MINUSMA).<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref13\">[13]<\/a> Resoluci\u00f3n 2592 \u2013que, entre otras cuestiones, prorroga el mandato de la Misi\u00f3n de Asistencia de las Naciones Unidas en Somalia (UNSOM)\u2013 (CS, 2021d: 2).<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref14\">[14]<\/a> Resoluci\u00f3n 2626 \u2013sobre la Misi\u00f3n de Asistencia de las Naciones Unidas en el Afganist\u00e1n (UNAMA)\u2013 (CS, 2022a: p\u00e1rr. 5.e).<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref15\">[15]<\/a> Por parad\u00f3jico que pueda ser abogar en la misma frase por la promoci\u00f3n de un \u201ccrecimiento econ\u00f3mico sostenido\u201d y \u201cel desarrollo sostenible\u201d, marcadamente incompatibles en las condiciones actuales, si bien es cierto que el crecimiento \u201csostenido y sostenible\u201d ya hab\u00eda sido defendido por Boutros-Ghali (SGNU, 1994: p\u00e1rr. 43).<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref16\">[16]<\/a> El Comit\u00e9 de Derechos Econ\u00f3micos, Sociales y Culturales (CDESC) define la pobreza como \u201cla privaci\u00f3n continua o cr\u00f3nica de los recursos, la capacidad, las opciones, la seguridad y el poder necesarios para disfrutar de un nivel de vida adecuado y de otros derechos civiles, culturales, econ\u00f3micos, pol\u00edticos y sociales\u201d (CDESC, 2001: p\u00e1rr. 8). En el Banco Mundial, se define como una carencia acentuada de bienestar (\u201cpronounced deprivation in well-being\u201d) (Haughton &amp; Khandker, 2009: 1), mientras que la desigualdad se refiere a la distribuci\u00f3n del bienestar respecto del conjunto de la poblaci\u00f3n (Haughton &amp; Khandker, 2009: 101).<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref17\">[17]<\/a> As\u00ed ocurre en 46 de las 75 resoluciones identificadas. De ellas, en 34 alguno de los t\u00e9rminos aparece \u00fanicamente en el pre\u00e1mbulo, mientras que en las otras 12 se menciona tambi\u00e9n en la parte dispositiva.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref18\">[18]<\/a> Como ejemplos adicionales, <em>vid.<\/em>, entre otras,tambi\u00e9n las resoluciones 1620 \u2013sobre la UNIOSIL\u2013 (CS, 2005b: p\u00e1rr. 1.a.i); 1658 \u2013Hait\u00ed\u2013 (CS, 2006a: 2); 1704 (CS, 2006c: 2), 1745 (CS, 2007b: p\u00e1rr. 10), 1802 (CS, 2008a: p\u00e1rr. 13), 1867 (CS, 2009a: p\u00e1rr. 13), 1912 (CS, 2010a: p\u00e1rr. 13), 1969 (CS, 2011a: p\u00e1rr. 15), 2037 (CS, 2012a: p\u00e1rr. 14) \u2013sobre la UNMIT\u2013; 1719 \u2013sobre la BINUB\u2013 (CS, 2006d: p\u00e1rr. 2); 1756 \u2013RDC\u2013 (CS, 2007c: 2);1836 \u2013Liberia\u2013 (CS, 2008b: 1); 1959 \u2013sobre la BNUB\u2013 (CS, 2010b: p\u00e1rr. 3.e); 2027 \u2013Burundi\u2013 (CS, 2011f: p\u00e1rr. 7); 2030 (CS, 2011g: 1) y 2512 (CS, 2020a: 1) \u2013Guinea-Bissau\u2013.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref19\">[19]<\/a> Como s\u00ed hace en otras resoluciones, como la 1996, sobre la Misi\u00f3n de Asistencia de las Naciones Unidas en la Rep\u00fablica de Sud\u00e1n del Sur (UNMISS) (CS, 2011c: p\u00e1rr. 3.c), en la que, sin embargo, no se hace referencia alguna a la pobreza.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref20\">[20]<\/a> <em>Vid.<\/em>, por ejemplo, las resoluciones 2584 (CS, 2021c: 3) y 2640 (CS, 2022b: 3), sobre Mal\u00ed, donde el CS expresa \u201cla necesidad de que se siga apoyando a Mal\u00ed, <em>teniendo en cuenta sus prioridades y necesidades nacionales<\/em>\u201d (\u00e9nfasis a\u00f1adido).<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref21\">[21]<\/a> Con car\u00e1cter general, recu\u00e9rdese la resoluci\u00f3n 2086, donde el CS indica que puede encomendar a las misiones de paz la funci\u00f3n de \u201ccooperar y coordinarse con los organismos, fondos y programas de las Naciones Unidas, as\u00ed como con todos los asociados pertinentes, incluidos los donantes y las instituciones financieras internacionales, para ayudar al gobierno y las instituciones gubernamentales competentes del pa\u00eds de acogida a formular pol\u00edticas, planes y estrategias de reducci\u00f3n de la pobreza y desarrollo econ\u00f3mico, en el contexto de cada situaci\u00f3n concreta\u201d (CS, 2013a: p\u00e1rr. 8.i). En la pr\u00e1ctica, sirvan como ejemplos, entre otras muchas, las resoluciones 1704 \u2013que incluye en el mandato de la UNMIT \u201ccoordinar su labor y cooperar con los organismos, fondos y programas de las Naciones Unidas, as\u00ed como con todos los asociados pertinentes, incluidas las instituciones financieras internacionales y los donantes, en el desempe\u00f1o de las tareas anteriormente mencionadas que procedan, con miras a aprovechar al m\u00e1ximo la asistencia bilateral y multilateral existente y futura a Timor-Leste para la consolidaci\u00f3n de la paz y la creaci\u00f3n de capacidad despu\u00e9s del conflicto, y prestar apoyo al Gobierno y a las instituciones pertinentes, en colaboraci\u00f3n y coordinaci\u00f3n con otros asociados, para formular pol\u00edticas y estrategias de reducci\u00f3n de la pobreza y crecimiento econ\u00f3mico a fin de preparar el plan de desarrollo de Timor-Leste\u201d (CS, 2006c: p\u00e1rr. 4.j)\u2013 y 1719, sobre la BINUB (CS, 2006d: p\u00e1rr. 2, <em>Coordinaci\u00f3n con los donantes y los organismos de las Naciones Unidas<\/em>).<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref22\">[22]<\/a> Por otra parte, parecen sintom\u00e1ticas de la falta de resultados las protestas de julio de 2022 en varias ciudades de RDC para exigir la retirada de la MONUSCO, que derivaron en actos violentos (Agencias, 2022).<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref23\">[23]<\/a> Solo Timor Leste ha pasado a tener un IDH medio, permaneciendo bajo en todos los dem\u00e1s pa\u00edses.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref24\">[24]<\/a> En ese sentido, cabe preguntarse, por ejemplo, si las referencias a la pobreza en las resoluciones relativas a la reforma del sector de la seguridad, comentadas anteriormente, atienden a una preocupaci\u00f3n real por la seguridad humana a nivel global o est\u00e1n pensando m\u00e1s bien en garantizar un entorno seguro para la inversi\u00f3n, como se defiende desde las instituciones econ\u00f3micas internacionales (Carrington &amp; Post, 2008: 1-2).<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref25\">[25]<\/a>&nbsp; Con medidas, entre otras muchas, como el incremento por los Estados de apoyo financiero, t\u00e9cnico y log\u00edstico a actividades de capacitaci\u00f3n \u201cdestinadas a crear sensibilidad sobre las cuestiones de g\u00e9nero\u201d (CS, 2000b: p\u00e1rr. 7), el acometimiento de reformas legislativas y judiciales para garantizar el enjuiciamiento de quienes cometan actos de violencia sexual (CS, 2009b: p\u00e1rr. 6), o lograr la participaci\u00f3n plena de las mujeres en los procesos electorales (CS, 2013d: p\u00e1rr. 8).<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ROSA ANA ALIJA FERN\u00c1NDEZ Universidad de Barcelona, Espa\u00f1a Title: Poverty and Inequality on the Agenda of the Security Council: An Analysis of its Resolutions Resumen: El examen de las resoluciones del Consejo de Seguridad en las que menciona los t\u00e9rminos pobreza y desigualdad permite observar un creciente inter\u00e9s por estas realidades sobre todo desde la&hellip;&nbsp;<a href=\"https:\/\/seguridadinternacional.es\/resi\/html\/pobreza-y-desigualdad-en-la-agenda-del-consejo-de-seguridad-un-analisis-de-sus-resoluciones\/\" class=\"\" rel=\"bookmark\">Leer m\u00e1s &raquo;<span class=\"screen-reader-text\">Pobreza y desigualdad en la agenda del Consejo de Seguridad: un an\u00e1lisis de sus resoluciones<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"neve_meta_sidebar":"full-width","neve_meta_container":"","neve_meta_enable_content_width":"on","neve_meta_content_width":100,"neve_meta_title_alignment":"","neve_meta_author_avatar":"","neve_post_elements_order":"","neve_meta_disable_header":"","neve_meta_disable_footer":"","neve_meta_disable_title":""},"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v15.2.1 - 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